Incidentes relativos a las variaciones de pretensiones de las partes.
La demanda reconvencional Aquellas demandas previstas por el legislador en el curso de una instancia a favor del demandado, con la finalidad de que este pida una indemnización en su provecho en contra del demandante, o para simplemente rechazar la demanda principal. La demanda reconvencional que persigue reclamar indemnización a favor del demandado puede hacerse en grado de alzada, osea la corte, en la etapa de pruebas. (Art.31, Ley 108-05 de Registro Inmobiliario). Condiciones para su admisibilidad: Provenir del demandado. Realizarse en el curso de la instancia. Ser notificada por acto de alguacil a todos los abogados envueltos. Realizarse en la audiencia de presentación de pruebas. Ser depositada en la secretaría del Tribunal apoderado de la demanda. Procedimiento: 1. Instancia motivada dirigida al Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original apoderado de la litis (1.382 Código Civil Dominicano). 2. Notificar a todos los abogados de la litis, dándole c...