Las Astreintes en la Jurisdicción Inmobiliaria
LAS ASTREINTES. DEFINICIÓN Pueden definirse como una condenación pecuniaria, accesoria y condicional cuya finalidad es asegurar que el deudor, o quien le vaya ser oponible pague intereses por la demora a la hora de cumplir con la condena, y cuyo importe debe ser proporcional al retraso o renuencia que ponga el deudor en el cumplimiento y la ejecución de la condena principal. Las astreintes preceden de la institución francés, donde originalmente se llamaban Daños y perjuicios por retardo. Nació en el siglo XIX por la vía jurisprudencial cuando un tribunal civil de París en 1811 le impuso a una persona condenada a retractarse, una condena de tres francos por día hasta que cumpliera con su obligación. Con el tiempo, la jurisprudencia francesa fue consolidando la figura del astreinte y la fue incorporando a su sistema de justicia, siendo el criterio más aceptado en dicho país actualmente que, el monto del astreinte, sea entregado al acreedor perjudicado por el incumplimiento...