La reserva hereditaria y sus particularidades (parte 1)


En el siguiente articulo vamos a desarrollar de forma puntual lo que se conoce como RESERVA HEREDITARIA y los aspectos esenciales que se encuentran alrededor de esta figura.

La reserva hereditaria no es mas que la capacidad de disponer o adquirir al momento de realizar una donación o un testamento. En ese mismo sentido debemos tomar en consideración que para donar o testar es esencialmente necesario que el individuo reuna estas condiciones:

A. Se encuentre en perfecto estado de razón

B. No haya sido declarado como incapacitado

C. Ser mayor de 16 años de edad (en caso de ser menor de 16 presenta algunas restricciones que abordaremos mas adelante).

La reserva hereditaria y su impacto en la porción de bienes disponible a donar o testar

El porcentaje disponible a donar o testar se verá afectado dependiendo las siguientes circunstancias:

A. En el caso de que al fallecer dejaré un hijo, solo podrá disponer hasta la mitad de sus bienes.

B. En el caso de que al fallecer dejaré dos hijos, solo podrá disponer hasta la 1/3 parte de sus bienes.

C. En el caso de que al fallecer dejaré tres hijos o mas, solo podrá disponer hasta la 1/4 parte de sus bienes.

Excepción a la regla

La donación o testamento podrá absorber la totalidad de los bienes si, y solo si no se encontrasen ascendientes ni descendientes.

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