Derecho ambiental



1.                  Tres definiciones de derecho ambiental.

El Derecho Ambiental es la disciplina jurídica que investiga, estudia y analiza las diferentes relaciones entre los bienes naturales y culturales y la actividad antrópica, orientando la regulación jurídica de las conductas y actitudes humanas respecto al uso, explotación y aprovechamiento de recursos naturales, conservación de la naturaleza y protección del ambiente. Lic. Andrés Chalas

Para Rahul Brañes, Derecho Ambiental, es aquel derecho que está constituido por normas jurídicas que regulan conductas humanas que pueden influir de una forma relevante en los procesos de interacción que se lleven a cabo entre sistemas de ambiente mediante generación de efectos que puedan modificar la existencia de dichos organismos.

Para el Profesor Martín Mateo el Derecho Ambiental “es la rama del derecho que incide sobre conductas individuales y sociales para prevenir las perturbaciones que alteran el equilibrio ambiental, el cual tiene por objeto garantizar una relación aceptable entre el ser humano y su entorno; esto implica un proceso de adaptación de los ordenamientos jurídicos a la reglas del planeta

2.                  Características del derecho ambiental.

-Preventivo más que Represivo.
-Eco sistémico.
-Instrumento de la Política Ambiental.
-Multidisciplinario y transectorial.
-Promueve el Desarrollo Sostenible.
-Se apoya en la Participación Publica.
-Relación con el Derecho Internacional Ambiental.
-Tutela los Derechos Ambientales Subjetivos y al Ambiente como una Realidad Física.

3.                  Relación del derecho ambiental con otras ramas del derecho

Por el carácter sistemático y tutelar de los intereses, guarda íntima relación con el Derecho Público, tanto en su  fase administrativa como sancionador- y, por su énfasis preventivo y reparador de los daños particulares, constituye un capítulo importante del Derecho Privado. Por otra lado, es redistributivo se relaciona con el aspecto económico del Derecho y por su carácter supranacional compromete principios del Derecho Internacional. 

Guarda relación con el Derecho Constitucional puesto que las Constituciones cada vez mas, recogen como un principio fundamental o derecho humano, el disfrute a vivir en un ambiente sano.

Tiene relación con el Derecho Penal, puesto que  existen códigos penales que dentro normas  han incluido los llamados delitos ecológicos.

La relación con el Derecho Laboral es claramente determinada y es así porque en el medio ambiente laboral se regulan las obligaciones de las administraciones de las entidades e instituciones  de garantizar condiciones laborales higiénicas y seguras para los trabajadores.

La relación con el Derecho Agrario es una de las más notables, y es que en el campo y en los bosques  se encuentran muchos de los ecosistemas cuyo cuidado y conservación son regulados por el Derecho Ambiental.
La relación del Derecho Ambiental con el Derecho Administrativo es la más compenetrada, esto es así porque la norma jurídica ambiental tiene la doble significación de la norma administrativa: también es norma de comportamiento en cuanto a la actuación o conducta de los sujetos en la protección del medio ambiente y es norma de organización al establecer las jerarquías o niveles de acciones y las relaciones entre dichos niveles, junto al papel del estado y del gobierno del país en el cumplimiento de los fines del Derecho Ambiental.

4.                  Relación del derecho ambiental con otras ciencias.

El Derecho ambiental se vincula con:

·         La biología, esta ciencia guarda relación con el Der. Ambiental porque la misma trata el estudio de los seres vivos.

·         Arqueología, esta ciencia siempre ha tenido cierta preocupación por cuidar el patrimonio ecológico, y el Der. Ambiental protege esos bienes para el beneficio para disfrute de todos.

·         Agronomía, estudia el contacto del ser humano con la naturaleza, y que trata de conservar el medio natural en beneficio propio, algo que es tratado también por el Der. Ambiental

·         Medicina, esta ciencia que trata  los métodos curativos, la salud, la cual va depender en gran escala de medio ambiente y su nivel de contaminación.

·         Geografía, se basa en el estudio de los suelos, espacios físicos, que en cierta forma es lo que el Der. Ambiental trata de proteger y conservar.


Comentarios

Entradas populares de este blog

La Copropiedad en la legislación dominicana. Fuentes, características, y su extinción.

INCIDENTES RELATIVOS AL JUEZ, AL ABOGADO Y AL ALGUACIL

Teoría de los conmorientes, la ausencia y desaparición.